Decreto 8 y energía eléctrica: no solo seguridad, también eficiencia

A medida que crece la dependencia de la energía eléctrica, no solo se prioriza obtenerla de fuentes renovables sino también se debe ser eficiente en su uso. De acuerdo con el último reporte global del programa medioambiental de la ONU, los edificios son responsables del 38% de las emisiones globales de CO2 en el planeta. Por esta razón, y por primera vez, se incorpora la eficiencia energética en la regulación sobre las instalaciones de consumo eléctrico a nivel nacional, a fin de poder minimizar el impacto sobre esta problemática. El pliego técnico RIC 14 versa específicamente sobre este tema.

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Oscar Godoy, quien se desempeña como Product Manager en Legrand Chile, precisa que el mercado local ha adoptado, desde casi una década regulaciones internacionales referidas a eficiencia de los edificios, sin el carácter de obligatorias hasta antes de la entrada en vigencia del RIC 14. Previo a ello, las acciones voluntarias estaban en conformidad con el modelo de certificación LEED, que establece métodos de evaluación y categorización de edificios verdes mediante la implementación de mejores prácticas de diseño, construcción, operación, entre otros. LEED mide, entre otras cosas, el uso eficiente de la energía, agua, materiales, ubicación, manejo de desechos en la construcción calidad del ambiente interior, para los edificios que se acogen a esta certificación.

El especialista explica que esta evaluación voluntaria incorporada desde hace más de una década tuvo tal alcance en el país: "que si bien, somos terceros a nivel latinoamericano en cantidad de edificios verdes, si el cálculo se hace por millón de habitantes, ocupamos lejos el primer lugar". Por esa razón, entre otras, "la autoridad se hace eco de la eficiencia energética al hacerla una característica mandatoria de las instalaciones de consumo".


La regulación

El nuevo reglamento se aplica a edificios nuevos exceptuando los residenciales o de oficinas de menos de 2.500 m2 construidos; departamentos habitacionales menores a 300 m2 construidos, y áreas comunes menores a 1.000 m2 o edificios de viviendas de menos de 5 pisos.

Precisa el especialista que, en lo esencial, la normativa considera caída de tensión más rigurosa; exige registrar más información eléctrica; entrega de documentación al usuario; testeo de equipamientos, e indicaciones sobre iluminación y uso de sensores. Asimismo, remarca que Legrand dispone de la totalidad de los productos que permiten cumplir con las exigencias del pliego eléctrico.

Respecto a caída de tensión, indica que lo permitido hasta ahora era 3 por ciento, sin embargo, para estos edificios se solicita un 2. A su vez, los conductores para las derivaciones deberán ser dimensionados para que esta no sea mayor a un 3 por ciento.

Otra exigencia, continúa Óscar Godoy, es la supervisión de la energía eléctrica. Comenta que hasta ahora solo se requería medirla en tableros superiores a 200A. En cambio, ahora se pide registro diario, mensual y anual cada quince minutos como mínimo en servicios como energía total, climatización, iluminación interior, exterior sistema de enchufes, sistema sanitario

y ascensores. "Contar con esa información permitirá tomar mejores decisiones y detectar problemas", afirma.

Asimismo, se instruye la entrega de toda la documentación eléctrica -incluyendo planos y manuales, entre otros-, al dueño o administrador, la que deberá estar disponible 30 días después de la fecha de recepción del sistema. Recalca que esto se realizaba como buena práctica, pero no era obligación.

En lo referido a iluminación, afirma que se debe considerar la potencia de las luminarias: "las led o fluorescentes tienen driver o ballast y su potencia se debe contemplar en la declaración". A la vez, los ductos de barra de iluminación también tienen exigencias de potencia.

Por su parte, los sensores para control de iluminación interior, deben permitir su encendido manual. Cada sensor no puede superar los 200m de superficie a controlar y se les fija un piso de protección: IP20 para espacios cerrados, como oficinas; IP40 en espacios de circulación como pasillos e IP44 en zonas húmedas.

Se exige también que se privilegien sensores cuya configuración no pueda ser alterada por el usuario. Además, estos deben cumplir con protocolo de análisis y ensayo de producto bajo normativa internacional IEC 60669 sobre seguridad.

La iluminación en espacios comunes será controlada con un sistema automático que permita manejar su potencia y atenuarla si se carece de actividad durante 20 minutos. Específicamente, en zonas de estacionamientos se bajará un mínimo de 30 por ciento si no hay circulación durante 20 minutos.

El pliego técnico eléctrico RIC 14 dispone que toda la iluminación exterior sea monitoreada y controlada por un sistema que la apague si hay suficiente luz natural. Por su parte, las luminarias de fachada y ornamentales deberán apagarse entre la medianoche o cierre del negocio "lo que ocurra más tarde" y encenderse a las 6 o apertura del negocio, "evitando así que siempre estén encendidas. Se exceptúa si la energía es provista por cogeneración o es renovable", manifiesta Óscar.

Por último, concluye el entrevistado, se exigen pruebas funcionales antes de la entrega final, para testear los elementos asociados a la eficiencia energética como sensores de presencia, temporizadores, controles horarios programables o fotosensores.


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